Artículo 254 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del tema) es la que decide si se puede abrir o cerrar un Punto de Verificación e Inspección Interna para revisar la salud de los animales. Estos puntos tienen que seguir las reglas de sanidad animal que ya están establecidas. Además, no pueden usarse para bloquear o dificultar el comercio entre estados de la república, o sea, no pueden ser una excusa para ponerle trabas al traslado de animales o productos de un estado a otro.
Texto oficial
Artículo 254. La Secretaría regulará y controlará la autorización o cancelación de la operación de los Puntos de Verificación e Inspección Interna en materia de sanidad animal. Dichos puntos deberán sustentarse en lo señalado en las disposiciones de sanidad animal aplicables y por ningún motivo deberán constituir barreras interestatales al comercio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.