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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
255

Artículo 255 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno solo puede revisar camiones que llevan productos controlados (como plantas o animales) en dos tipos de lugares: los Puntos de Verificación oficiales en carreteras y los que la Secretaría autorice dentro del país. Nadie más puede poner retenes para checar estos vehículos. Esto aplica mientras los camiones están circulando, no cuando están detenidos. La idea es evitar que se propaguen enfermedades de plantas o animales. Solo la autoridad federal decide dónde se hacen estas revisiones.

Texto oficial

Artículo 255. El control de la movilización de vehículos que transporten mercancías reguladas en el territorio nacional, durante su tránsito, se llevará a cabo únicamente en los Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria Federal que conforman los cordones cuarentenarios fitozoosanitarios, así como en los Puntos de Verificación e Inspección Interna autorizados por la Secretaría. Queda prohibida la instalación de puntos de verificación, salvo los que autorice la Secretaría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 66) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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