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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
266

Artículo 266 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 266 dice que los Puntos de Verificación e Inspección Interna (lugares donde revisan animales y productos para evitar enfermedades) mantienen su permiso siempre y cuando no cambien las condiciones de salud animal que hicieron que se crearan, y también cumplas todas las reglas de sanidad animal. Si no se cumple cualquiera de estas dos condiciones, la Secretaría puede cancelar el permiso. Además, la Secretaría puede revisar en cualquier momento cómo opera ese punto. Si un punto pierde su autorización pero sigue siendo necesario para controlar el traslado de animales, la Secretaría o alguien que ella designe lo administrará temporalmente.

Texto oficial

Artículo 266. La autorización de los Puntos de Verificación e Inspección Interna se mantendrá vigente siempre y cuando se cumpla lo siguiente: a) Que prevalezcan sin cambios las condiciones zoosanitarias y las disposiciones de sanidad animal que justifican su establecimiento y operación, y b) Se cumplan con las disposiciones de sanidad animal aplicables a su operación. De no cumplirse cualquiera de estas dos condiciones, la Secretaría cancelará la autorización correspondiente. La Secretaría podrá verificar en cualquier tiempo la operación del Punto de Verificación e Inspección Interna autorizado. En caso de que cualquier Punto de Verificación e Inspección Interna pierda su autorización y éste sea necesario para el control de la movilización será administrado temporalmente por la Secretaría o a quien ésta designe.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 68) ↗

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