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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFSA/271
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
271

Artículo 271 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los inspectores de sanidad animal encuentran que tu producto no cumple con las reglas de salud animal, pueden detenerlo. Entonces deciden qué hacer con él: arreglarlo para que pueda seguir su camino, ponerlo en cuarentena, devolverlo o destruirlo. Todo esto lo tienen que anotar en un documento oficial llamado "acta administrativa" para que el gobierno le dé seguimiento al caso.

Texto oficial

Artículo 271. Si derivado de la verificación, se detecta por parte del personal oficial, estatal o federal adscrito a los Puntos de Verificación e Inspección Interna y Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria Federal que las mercancías reguladas no cumplen con lo establecido en la Ley, el Reglamento o cualquier otra disposición de sanidad animal, éste procederá a retener la mercancía para determinar su destino final que puede ser el acondicionamiento para su tránsito, la cuarentena, la cuarentena guarda custodia, el retorno, o bien la destrucción de las mercancías reguladas. Dichas acciones deberán asentarse invariablemente en un acta administrativa para su seguimiento por la Secretaría en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 70) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.