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Artículo 305 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú, como persona física (es decir, una persona común y corriente), quieres convertirte en una unidad de verificación aprobada, la Secretaría te evaluará dentro de los 10 días hábiles después de que entregues tu solicitud. Si eres una persona moral (como una empresa), la evaluación se hace a los profesionistas que propongas para el trabajo. La Secretaría te dará una respuesta en un plazo de 50 días hábiles, contando desde el día siguiente al que presentes tu examen. Si te falta algún documento, te lo pedirán siguiendo las reglas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Una vez aprobado, tienes la obligación de avisar por escrito a la Secretaría si cambias tu domicilio, razón social o cualquier cambio en tu equipo técnico o autorizados.

Texto oficial

Artículo 305. El interesado en obtener la aprobación como unidad de verificación persona física, será evaluado por la Secretaría dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de su solicitud, en el caso de las unidades de verificación morales, la evaluación se aplica a los profesionistas propuestos. La Secretaría emitirá respuesta a la solicitud de aprobación de unidades de verificación personas físicas y morales, dentro del plazo de cincuenta días hábiles, a partir del siguiente día hábil al de la presentación del examen. La prevención se realizará conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Las unidades de verificación personas físicas y morales aprobadas, están obligadas a manifestar por escrito a la Secretaría, cualquier cambio en su domicilio, razón o denominación social, así como del personal técnico o terceros autorizados que trabajen para la unidad de verificación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 78) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.