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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFSA/315
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
315

Artículo 315 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El médico veterinario o profesionista autorizado y el establecimiento deben ponerse de acuerdo por escrito sobre cuánto tiempo va a durar su relación laboral. Cualquiera de los dos puede terminar ese acuerdo cuando quiera, pero tiene que avisarle a la Secretaría dentro de los 10 días hábiles siguientes si dan de baja a alguien o contratan a otro.

Texto oficial

Artículo 315. La duración de la prestación del servicio como médico veterinario responsable autorizado o el profesional autorizado, será convenida en tiempo y forma por escrito, entre él y el establecimiento. Esta relación podrá darse por concluida a iniciativa de cualquiera de las partes debiendo informar a la Secretaría de la baja y el alta en su caso en un plazo de diez días hábiles.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 81) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.