Artículo 315 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El médico veterinario o profesionista autorizado y el establecimiento deben ponerse de acuerdo por escrito sobre cuánto tiempo va a durar su relación laboral. Cualquiera de los dos puede terminar ese acuerdo cuando quiera, pero tiene que avisarle a la Secretaría dentro de los 10 días hábiles siguientes si dan de baja a alguien o contratan a otro.
Texto oficial
Artículo 315. La duración de la prestación del servicio como médico veterinario responsable autorizado o el profesional autorizado, será convenida en tiempo y forma por escrito, entre él y el establecimiento. Esta relación podrá darse por concluida a iniciativa de cualquiera de las partes debiendo informar a la Secretaría de la baja y el alta en su caso en un plazo de diez días hábiles.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.