Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud, junto con las de Comunicaciones y Transportes y Hacienda, va a revisar todo lo que entre al país por lugares como aeropuertos internacionales, puertos marítimos o aduanas donde pasen personas o vehículos. Esto lo hacen para cuidar la salud de todos en México. Solo vigilan lo que dice el artículo 24 de la Ley, es decir, ciertos productos específicos que pueden traer enfermedades.
Texto oficial
Artículo 35. La Secretaría para salvaguardar la sanidad del país, en coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, vigilará la importación de las mercancías a que se refiere el artículo 24 de la Ley por los puntos de entrada, tales como: I. Aeropuertos de tránsito internacional; II. Puertos marítimos de tránsito internacional, y III. Aduanas por las que se introduzcan personas o vehículos de cualquier tipo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.