Artículo 366 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría y sus oficinas con permiso te pueden multar o castigar según lo que diga la ley y este reglamento. Pero que te pongan una multa no significa que ya no tengas que arreglar lo que hiciste mal o cumplir con tus obligaciones. Otras autoridades, como la policía o los municipios, tienen que ayudar a la Secretaría a aplicar esos castigos. Además, el castigo de la Secretaría no quita que otras autoridades también te puedan sancionar por lo mismo, ni te libra de pagar daños si le causaste un problema a alguien.
Texto oficial
Artículo 366. La Secretaría a través de sus unidades administrativas facultadas, impondrá las sanciones que resulten, de conformidad con lo establecido en la Ley, en el presente Reglamento y en las demás disposiciones aplicables, sin que dicha imposición releve al infractor de cumplir con las obligaciones o regularizar las situaciones que motivaron su aplicación. Para tal efecto, las demás autoridades competentes, dentro de su respectivo ámbito de atribuciones, auxiliarán a la Secretaría en la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad respectivas. La aplicación de las sanciones se hará con independencia de las que procedan en cualquier otro orden y que llegaren a determinar las autoridades competentes, además de las responsabilidades de carácter civil en que hubiere incurrido el infractor.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.