Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que manejan mensajería, paquetería o correos, como DHL o Correos de México, tienen que avisar a la Secretaría de Agricultura en menos de 24 horas desde que llegan a su almacén productos que estén en una lista especial de la ley (como animales, plantas o alimentos). También deben entregar una copia de los papeles que trae el paquete, para que la Secretaría revise que cumple con las reglas de sanidad animal para entrar al país. Además, el gobierno puede pedirles informes para confirmar que sí avisaron cuando entregaron esos productos. Esto aplica solo a mercancías reguladas, no a cualquier envío común.
Texto oficial
Artículo 51. Las empresas de mensajería o paquetería o de correos que reciban mercancías enlistadas en el artículo 24 de la Ley, deberán informar a la Secretaría dentro de las veinticuatro horas de haber ingresado la mercancía al almacén y entregarán una copia de la documentación que la acompañe, a fin de verificar que cumplen con las disposiciones de sanidad animal aplicables para su importación. La Secretaría podrá solicitar informes a las empresas de mensajería, paquetería y de correos para constatar el aviso de entrega de las mercancías reguladas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.