Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando quieras traer productos de origen animal del extranjero, los oficiales de sanidad del gobierno van a revisar tus papeles en la entrada al país. Primero checan que tengas todos los documentos correctos según los requisitos zoosanitarios (las reglas de salud animal). Si todo está en orden, siguen con el trámite; si no, lo cancelan. Después verifican que lo que traes coincida con lo que declaraste en los documentos. Si las reglas lo piden, pueden tomar una muestra o revisar a simple vista alguna característica del producto. Al final, si todo cumple, te dan un certificado zoosanitario para que puedas importarlo.

Texto oficial

Artículo 59. La Secretaría a través del personal oficial ubicado en la Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria realizará la inspección de las mercancías que se pretendan importar en el punto de ingreso a través de la revisión documental con base en las hojas de requisitos zoosanitarios u otras disposiciones de sanidad animal aplicables. De dar cumplimiento se continuará con el procedimiento, de lo contrario se cancelará. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 21 de 91 En caso de cumplir con lo anterior, se procederá a revisar que la mercancía coincide con lo declarado en la documentación, solamente se revisará lo que indique la hoja de requisitos zoosanitarios. En aquellos productos donde las disposiciones en materia de sanidad indiquen: toma de muestra o la revisión de alguna característica verificable a simple vista se realizará de acuerdo a las disposiciones de sanidad animal que determine la Secretaría. Se deberá realizar la constatación ocular, de acuerdo a lo siguiente: a) La información documental deberá coincidir con la señalada en la identificación de la mercancía, y b) Verificación del cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal y en caso de proceder se expedirá el certificado zoosanitario para importación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.