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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFSA/66
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
66

Artículo 66 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando quieras traer animales o productos de origen animal del extranjero a México, el certificado de salud animal (que verifica que están libres de enfermedades) debe indicar un solo lugar a donde van a llegar. La persona que transporta la carga está obligada a pasar por los puntos de revisión oficiales que vienen marcados en ese certificado, tanto en la frontera como dentro del país. Además, al llegar a cada uno de esos puntos, debe avisar a los inspectores del gobierno para que revisen el documento.

Texto oficial

Artículo 66. El certificado zoosanitario para importación deberá especificar un solo destino de la mercancía. El transportista deberá circular por los puntos de verificación e Inspección zoosanitaria federal y puntos de verificación e inspección interna señalados en el certificado y deberá dar aviso al personal oficial ubicado en dichos puntos, para la revisión del certificado.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.