Artículo 80 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad va a revisar tus productos en el primer lugar donde lleguen a México que esté indicado en la hoja de requisitos zoosanitarios (un documento que dice las reglas de salud animal a cumplir). Por ejemplo, si tu mercancía entra por un puerto o frontera específicos, ahí mismo se hace la inspección. No pueden moverla a otro sitio antes de que la revisen. Esto aplica solo si la hoja de requisitos ya marca ese punto de entrada.
Texto oficial
Artículo 80. La inspección de las mercancías se realizará en el primer punto de arribo al país de los señalados en la hoja de requisitos zoosanitarios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.