Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría escuchará las ideas que le den los gobiernos de los estados, los grupos de salud animal y los productores del campo, para decidir qué actividades hacer primero en las campañas de sanidad de cada región o estado, según lo que marca el artículo 58 de la Ley.
Texto oficial
Artículo 86. Para efectos del artículo anterior, la Secretaría considerará, en su caso, las propuestas de los gobiernos de las entidades federativas, organismos auxiliares de sanidad animal y productores organizados, para la priorización de las actividades de las campañas en las entidades federativas o regiones correspondientes, conforme al artículo 58 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.