Artículo 28 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 28 dice que cuando algo está escrito en un registro, solo sirve para dar a conocer un hecho, pero no crea ni te da derechos por sí mismo. O sea, solo porque un acto esté registrado no significa que automáticamente alguien tenga un derecho sobre eso; es como un aviso, no una garantía. Luego, los transitorios indican que esta ley empieza a aplicarse al día siguiente de publicarse en el periódico oficial. También cancelan cualquier otra regla que vaya en contra de esta ley y derogan un reglamento viejo sobre satélites de 1997. Por último, los gastos que se hagan para aplicar esta ley se pagan con el presupuesto que ya tiene la Secretaría de Infraestructura, sin pedir dinero extra.
Texto oficial
Artículo 28. La información inscrita en el registro solo tiene efectos declarativos, por lo que los actos inscritos en él no constituyen ni otorgan por ese solo hecho derechos a favor de persona alguna. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto. Se abroga el Reglamento de Comunicación Vía Satélite, publicado el 1 de agosto de 1997 en el Diario Oficial de la Federación, en términos de las facultades constitucionales que corresponden al Ejecutivo Federal. TERCERO. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto deben cubrirse con cargo al presupuesto autorizado a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, para el ejercicio fiscal correspondiente, por lo que no requerirá recursos adicionales para tales efectos y no se incrementará su presupuesto regularizable para el presente ejercicio fiscal. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México a 25 de abril de 2024.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jorge Nuño Lara.- Rúbrica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.