Artículo 11 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando en una reunión se traten temas de una Zona Económica Especial, el Secretario Técnico debe invitar a los representantes del Consejo Técnico de esa zona para que den su opinión. Ellos pueden hablar en la reunión, pero no votar las decisiones. Si no van a la reunión, el Secretario tiene que pedir su opinión por otro medio antes de decidir. Además, cualquier otra persona invitada solo puede dar su opinión, pero tampoco puede votar.
Texto oficial
Artículo 11.- En las sesiones en que se discutan asuntos relacionados con una Zona en particular, el Secretario Técnico de la Comisión Intersecretarial deberá invitar a los representantes del Consejo Técnico de dicha Zona a efecto de tomar en cuenta su opinión, por lo que participarán en las mismas, con voz pero sin voto o, en su caso, deberá recabar oportunamente su opinión cuando dichos representantes no asistan a las sesiones de la Comisión Intersecretarial. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 29-09-2017 8 de 54 Asimismo, las personas que asistan a las sesiones de la Comisión Intersecretarial como invitados en términos de la Ley, tendrán derecho a voz pero no a voto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.