Artículo 85 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Administrador Integral tiene que avisarle a la Autoridad Federal cada vez que se cambien las reglas internas (estatutos) o la repartición de acciones (capital social) de la empresa que tiene el Permiso. Ese aviso debe darse dentro de los 5 días hábiles después del cambio. En el aviso, el Administrador tiene que explicar bien qué fue lo que se modificó, ya sea en los estatutos o en la composición del capital. También debe incluir una copia certificada del documento legal donde se hizo oficial el cambio.
Texto oficial
Artículo 85.- Para efectos del aviso que el Administrador Integral debe presentar a la Autoridad Federal, respecto de cualquier modificación a los estatutos sociales o a la composición del capital social de la persona moral titular del Permiso, dentro de los cinco días hábiles siguientes a dicha modificación, el Administrador Integral deberá señalar lo siguiente: I. La especificación del cambio a los estatutos sociales o a la composición del capital social, y II. Copia certificada del instrumento mediante el cual se formalizaron los cambios respectivos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.