Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes derecho a ser quien eres sin que nadie te diga lo contrario. Puedes elegir y exigir que se respete tu identidad cultural, incluyendo cómo piensas, lo que crees, tu religión y cómo te expresas. También puedes decidir pertenecer o no a una comunidad cultural, o cambiarte cuando quieras, y nadie puede obligarte a formar parte de una que no te guste. Además, puedes participar libremente en la vida cultural: expresarte en el idioma que prefieras, practicar tus costumbres, crear y compartir arte o conocimientos, y hasta te protegen los derechos sobre tus creaciones. Por último, tienes derecho a una educación que te ayude a desarrollar tu identidad, siempre y cuando respetes a los demás, y puedes informarte y expresarte libremente, incluso para opinar sobre arte o cultura.
Texto oficial
Artículo 9.- Toda persona, a título individual o colectivo, tiene derecho a: I. Elegir y a que se respete su identidad cultural, en la diversidad de sus modos de expresión. Este derecho se ejerce, en especial, en relación con la libertad de pensamiento, conciencia, religión, opinión y de expresión; II. Conocer y a que se respete su propia cultura y, también el patrimonio común de la humanidad. Esto implica particularmente el derecho a conocer los derechos culturales, valores esenciales de ese patrimonio; a la información, a los patrimonios culturales que constituyen expresiones de las diferentes culturas, así como recursos para las generaciones presentes y futuras; III. Elegir libremente el identificarse o no, con una o varias comunidades culturales, así como a modificar la elección; IV. Negarse a ser compelido a identificarse o a ser asimilado a una comunidad cultural; V. Acceder y participar libremente, en la vida cultural a través de las actividades que libremente elija; el derecho mencionado en esta fracción comprende: a) La libertad de expresar su pensamiento cultural, en público o en privado, en el o los idiomas de su elección; b) La libertad de ejercer las propias prácticas culturales, y de seguir un modo de vida asociado a la valorización de sus recursos culturales, en particular en lo que atañe a la utilización, la producción y la difusión de bienes y servicios culturales; c) La libertad de desarrollar y compartir conocimientos, expresiones culturales, emprender investigaciones y participar en las diferentes formas de creación y sus beneficios, y d) El derecho a la protección de los intereses morales y materiales relacionados con las obras que sean fruto de su actividad cultural; VI. A una formación que contribuya al libre y pleno desarrollo de su identidad cultural, siempre que se respeten los derechos de los demás y la diversidad cultural; el derecho mencionado en esta fracción comprende: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 29-11-2018 4 de 9 a) El conocimiento y el aprendizaje de los derechos culturales, y b) La libertad de dar y recibir una enseñanza de su idioma y en su idioma o de otros idiomas y en otros idiomas, al igual que un saber relacionado con su cultura y sobre las otras culturas; VII. La libertad de expresión, que incluye la expresión artística, la libertad de opinión e información, el respeto a la diversidad cultural, y el derecho a recibir una información libre y plural, que contribuya al desarrollo pleno, libre y completo de su identidad cultural en el respeto de los derechos del otro y de la diversidad cultural; el derecho mencionado en esta fracción comprende: a) La libertad de buscar, recibir y transmitir información, y b) El derecho de participar en la información plural, en el o los idiomas de su elección, de contribuir a su producción o a su difusión a través de todas las tecnologías de la información y de la comunicación, y VIII. Al desarrollo cultural de las comunidades a las que pertenece.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.