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Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Presidente del SINADE es quien organiza las juntas del Pleno, siguiendo las reglas que el mismo sistema establezca. Para que una junta sea válida, tiene que estar presente más de la mitad de los miembros; y las decisiones se aprueban si la mayoría vota a favor, pero si hay empate, el voto del Presidente cuenta doble para romperlo. El Presidente maneja la junta igual que lo hace en el Consejo Directivo. Todos los acuerdos que se tomen ahí son obligatorios para quienes forman parte del SINADE. Esto está en la sección que habla del Consejo Directivo del SINADE.

Texto oficial

Artículo 10. Las sesiones del Pleno serán convocadas por su Presidente de conformidad con las normas que emita el propio SINADE. Se considerarán legalmente instaladas cuando estén presentes la mayoría de sus integrantes; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos, teniendo su Presidente voto de calidad en caso de empate. Las sesiones del Pleno serán llevadas a cabo por su Presidente, quien actuará en el Pleno con las mismas funciones con que se conducen en el Consejo Directivo. Los acuerdos tomados en el Pleno serán de cumplimiento obligatorio para los integrantes del SINADE. Sección Segunda Del Consejo Directivo del SINADE

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.