Artículo 2 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define algunos términos importantes para entender el reglamento. "Deportistas" son todas las personas que practican algún deporte. "Entrenadores" son los profesionales con experiencia que preparan a los deportistas para que den su mejor rendimiento en competencias. "Programa" se refiere al Plan Nacional de Cultura Física y Deporte. "Reconocimiento económico vitalicio" es un apoyo de dinero mensual para las personas que hayan ganado medalla (oro, plata o bronce) en Juegos Olímpicos o Paralímpicos. Por último, "Reglas de operación" son las normas que sigue la CONADE para manejar los programas de deporte y cultura física.
Texto oficial
Artículo 2. Para los efectos de este Reglamento, además de las definiciones establecidas en los artículos 4 y 5 de la Ley, se entenderá por: I. Deportistas: las personas físicas que practiquen cualquier disciplina o especialidad deportiva; II. Entrenadores: el grupo de personas físicas profesionistas, especialistas o con experiencia reconocida en el Deporte de Alto Rendimiento, en el entrenamiento, medicina, fisioterapia, psicología, nutrición, metodología, biomecánica e investigación del Deporte, responsables de la preparación y desarrollo integral de los Deportistas con la finalidad de obtener sus mejores logros y resultados en Eventos Deportivos; III. Derogada. Fracción derogada DOF 27-02-2015 IV. Programa: Programa Nacional de Cultura Física y Deporte; Fracción reformada DOF 01-04-2024 V. Reconocimiento económico vitalicio: Apoyo de tipo económico que es otorgado de forma mensual a las personas deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas de oro (primer lugar), plata (segundo lugar) o bronce (tercer lugar) en Juegos Olímpicos o Juegos Paralímpicos de conformidad con los criterios y bases previstos en el presente reglamento, y Fracción adicionada DOF 01-04-2024 REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 2 de 55 VI. Reglas de operación: Conjunto de disposiciones normativas referentes a los programas en materia de cultura física y deporte a cargo de la CONADE. Fracción reformada y recorrida DOF 01-04-2024
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.