Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que cualquier organismo público o privado que forme parte del SINADE (el sistema nacional del deporte) y reciba dinero del gobierno federal a través del presupuesto de la CONADE, tiene que cumplir con las leyes de presupuesto que le correspondan. También debe seguir lo que se acordó en los convenios firmados con la CONADE, que son como contratos donde se ponen de acuerdo en cómo usar los recursos. Además, tiene que respetar las Reglas de Operación aprobadas, que son las instrucciones oficiales sobre cómo manejar ese dinero. Básicamente, si te dan lana del gobierno para el deporte, debes gastarla y reportarla como está establecido.
Texto oficial
Artículo 23. Los organismos, instituciones públicas y privadas integrantes del SINADE, que reciban recursos públicos federales con cargo al presupuesto de la CONADE, se sujetarán a las disposiciones jurídicas presupuestarias aplicables, a las condiciones establecidas en los convenios de coordinación y concertación celebrados con ésta, así como a las Reglas de Operación aprobadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.