Artículo 84 Bis del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte), usando su presupuesto y siguiendo la ley, te da una pensión de por vida si eres deportista y cumples estos requisitos: comprobar que participaste y ganaste una medalla en Juegos Olímpicos o Paralímpicos (según los resultados oficiales del COI o CPI). Tienes que entregar una solicitud por escrito a la CONADE con copias de tu acta de nacimiento, identificación oficial, comprobante de domicilio (no mayor a tres meses, el cual debes actualizar si cambias de casa), CURP y un estado de cuenta bancario a tu nombre con la CLABE. Para seguir recibiendo el dinero, debes firmar un pase de lista de sobrevivencia cada enero y julio para probar que sigues vivo; si no puedes ir, debes mandar un escrito que demuestre bien el motivo, y la CONADE decide si lo acepta.
Texto oficial
Artículo 84 Bis. La CONADE, con cargo a su presupuesto autorizado y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, debe otorgar el reconocimiento económico vitalicio a las personas deportistas que cumplan con lo siguiente: I. Acreditar su participación oficial y tipo de medalla obtenida en los Juegos Olímpicos o Juegos Paralímpicos de acuerdo con los resultados publicados en la memoria o página electrónica del Comité Olímpico Internacional o del Comité Paralímpico Internacional, según se trate; II. Presentar la solicitud de trámite mediante un escrito libre dirigido a la CONADE, acompañada de la siguiente documentación en copia simple: a) Acta de nacimiento; b) Identificación oficial vigente con fotografía; c) Comprobante de domicilio, con una antigüedad no mayor a tres meses a la presentación, mismo que deberá actualizarse cada vez que se cambie de domicilio; d) Clave Única de Registro de Población, y e) Estado de cuenta bancaria a su nombre con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE). III. Para acreditar que continúa con vida la persona deportista y pueda seguir recibiendo el reconocimiento económico vitalicio, debe suscribir y entregar a la CONADE el pase de lista de sobrevivencia durante los meses de enero y julio de cada año. En casos excepcionales de que se encuentre imposibilitado para comparecer al pase de lista de sobrevivencia, debe presentar a la CONADE durante los meses antes señalados, un escrito que acredite fehacientemente la imposibilidad. La resolución quedará a criterio de la propia CONADE. Artículo adicionado DOF 01-04-2024
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.