Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 85 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La CONADE va a formar un grupo que vigile lo del dopaje en el deporte, al que le llamarán Comité Nacional Antidopaje. Ese comité va a tener varias partes: un Pleno (que sería como la junta principal), una Comisión Permanente (que trabaja seguido), y varios paneles para cosas específicas como permisos por enfermedad, revisar resultados, dar educación y castigar infracciones. También van a nombrar a un Secretario Ejecutivo, que es como el encargado de las tareas diarias, y ese puesto lo elige el Pleno a sugerencia del Presidente del comité. Todo esto es para mantener el deporte limpio y sin trampas.

Texto oficial

Artículo 85. La CONADE promoverá la integración del Comité Nacional Antidopaje con la estructura siguiente: I. El Pleno; II. La Comisión Permanente; III. El Panel de Autorización de Uso Terapéutico; IV. El Panel de Gestión de Resultados; V. El Panel de Educación, y VI. El Panel Disciplinario. El Comité Nacional Antidopaje contará con un Secretario Ejecutivo, quien será designado por el Pleno a propuesta de su Presidente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.