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Ley
REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Artículo
18

Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si compras productos del extranjero que necesitan un permiso sanitario para entrar al país, tienes que guardar ese documento por lo menos tres años. La autoridad de salud puede pedirte que se lo muestres en cualquier momento, y estás obligado a enseñarlo. Es como guardar un recibo importante por si te lo piden después. Si no lo tienes cuando te lo soliciten, podrías tener problemas.

Texto oficial

Artículo 18.- Los importadores deberán conservar los permisos sanitarios previos de importación cuando menos durante tres años y estarán obligados a exhibirlos a la autoridad sanitaria cuando ésta se lo requiera.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales (pág. 6) ↗

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