REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este Reglamento es una ley que aplica en todo México y busca regular todo lo relacionado con el tabaco. Su objetivo es controlar cómo se producen, fabrican y traen del extranjero los cigarros y otros productos de tabaco, y prohibir que se promocionen o se vendan con publicidad. También sirve para proteger a las personas de respirar el humo del cigarro, ya sea directo o en el ambiente. Todas las reglas que vienen aquí son obligatorias para cualquier persona y empresa, y nadie puede ponerse de acuerdo para no cumplirlas, porque son de interés para toda la sociedad.
- Art. 2Este artículo define términos clave para entender las reglas sobre el tabaco. "Aditivos" son sustancias que se le agregan a los cigarros para conservarlos, cambiar su sabor, olor o color, o para alterar cómo el cuerpo los absorbe. "Área física con acceso al público" es cualquier lugar techado o con al menos dos paredes donde la gente pueda entrar, sin importar de qué esté hecho o si es temporal. "Espacio al aire libre" es un lugar sin techo ni paredes. "Espacio cerrado" es cualquier lugar techado con al menos una pared que sea de uso público o común, como una oficina o un pasillo.
- Art. 3La Secretaría y los gobiernos de cada estado son los encargados de hacer cumplir este reglamento. Cada quien aplica las reglas en su propia zona, según lo que les toque. Para que todo funcione bien, primero tienen que firmar acuerdos de colaboración entre ellos. En pocas palabras, tanto la autoridad federal como las locales se organizan para que esto se cumpla.
- Art. 4Imagínate que tienes un lugar libre de humo de tabaco, como un restaurante, una oficina o un parque. Si eres el dueño, el administrador o el responsable de ese espacio, tienes la obligación de ayudar a que se cumpla la ley antitabaco y las reglas sanitarias. Si ves que alguien está fumando o haciendo algo que viole estas reglas, debes reportarlo a las autoridades de salud para que ellas apliquen una multa o sanción. O sea, no te toca castigar tú, pero sí tienes que avisar.
- Art. 5La Secretaría de Salud es la encargada de aplicar la ley del tabaco. Entre sus tareas está recibir quejas de la gente cuando alguien no cumpla la ley, vigilar que se respeten las reglas sanitarias, y poner multas o castigos a quienes las violen. También puede dar o quitar permisos relacionados con productos de tabaco, y decide cómo deben ser los mensajes de advertencia y las imágenes en las cajetillas. Además, establece qué se necesita para que un lugar sea 100% libre de humo de tabaco o para crear zonas para fumadores al aire libre.
- Art. 6El artículo 6 dice que los tiempos que se mencionan en este reglamento empiezan a contarse desde el día siguiente de que recibas una notificación o entregues una solicitud. Por ejemplo, si te notifican algo un lunes, el plazo arranca el martes. No cuenta el mismo día en que recibes el documento. Esto aplica para cualquier trámite relacionado con la fabricación o importación de productos de tabaco.
- Art. 7Para pedir la licencia sanitaria, los que fabrican o traen al país productos de tabaco tienen que entregar una lista con todos los ingredientes, aditivos y sustancias que usan, junto con los límites permitidos y los riesgos para la salud que ya se conocen o podrían existir. También deben incluir una explicación técnica de por qué usan esas sustancias. Si la Secretaría de Salud encuentra algo raro durante las revisiones, puede pedirles más información sobre cómo hacen o importan esos productos.
- Art. 8Las empresas que hacen o venden cigarros tienen que compartir información para el público, pero solo lo que digan este reglamento y otras leyes. Esa información debe publicarse en los periódicos o revistas más leídos de México, y también en las páginas de internet oficiales de esas empresas. No pueden andar diciendo lo que quieran por su cuenta, tienen que seguir las reglas.
- Art. 9La COFEPRIS (la agencia que regula la salud en México) solo te dará una licencia sanitaria para hacer, producir o importar cigarros y otros productos de tabaco si tu empresa está registrada legalmente en el país. Además, tienes que comprobar que en todo el proceso de fabricación y almacenamiento estás eliminando o reduciendo cualquier cosa que pueda hacer que el producto sea más riesgoso de lo que ya es. Antes de darte la licencia, la COFEPRIS irá a tu negocio a verificar que todo está en orden.
- Art. 10El permiso de salud que menciona la ley, conocido como licencia sanitaria, dura tres años. Para renovarlo, debes pedirlo con por lo menos 30 días de trabajo (días hábiles) antes de que se venza. La COFEPRIS (la autoridad de salud) tiene 30 días hábiles desde que recibe tu solicitud para darte una respuesta. Si no te responden en ese tiempo, se entiende que tu licencia se renueva automáticamente.
- Art. 11Para pedir la licencia sanitaria de un negocio, tienes que llenar un formato oficial con los datos del establecimiento. La Secretaría tiene hasta 60 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para darte una respuesta. Si no te responden en ese tiempo, se considera que tu solicitud fue aprobada.
- Art. 12Cuando pidas una licencia sanitaria, la Secretaría de Salud irá a revisar tu negocio en los siguientes 20 días hábiles después de que entregues tu solicitud. Van a checar que cumplas con todo lo que pide la ley y que lo que pusiste en tu solicitud sea cierto. Si en esa visita encuentran fallas o les falta algún papel, te van a dar un plazo —que es la tercera parte del tiempo que ellos tienen para responderte— para que arregles lo que esté mal o entregues lo que te pidan. Mientras tanto, el reloj para que ellos te den una respuesta se pausa, y vuelve a correr al día siguiente de que tú les respondas. Si no arreglas los problemas o no entregas la información que te pidieron dentro de ese plazo, tu solicitud se considera como si nunca la hubieras hecho.
- Art. 13Que te den una licencia sanitaria para vender cigarros no significa que el gobierno los recomiende o los apruebe como seguros para tu salud. Por eso, en las cajetillas no puedes poner el número de esa licencia ni frases como "avalado por la Secretaría de Salud". Tampoco puedes escribir nada que dé a entender que el tabaco es bueno o está respaldado por el gobierno. La idea es que nadie se confunda pensando que fumar es inofensivo solo porque el producto tiene un permiso para venderse.
- Art. 14Para obtener una licencia sanitaria como fabricante o importador de productos de tabaco, necesitas cumplir con dos tipos de requisitos. Los administrativos son los papeles legales que debes presentar, como el acta de creación de tu empresa, tu identificación fiscal (RFC) y el comprobante de pago de los derechos ante Hacienda. Los técnicos se refieren a que tu local debe tener instalaciones limpias, ordenadas y seguras para la producción o almacenamiento, además de llevar un control de tus procesos según las normas oficiales. Si piensas importar, también hay reglas especiales en otro capítulo de la ley. En pocas palabras, necesitas tanto los documentos correctos como un espacio adecuado y bien organizado.
- Art. 15Solo las personas o empresas que ya tienen una licencia sanitaria (un permiso oficial para vender productos de tabaco) pueden pedir un permiso de importación. Si no tienes esa licencia, no te van a dar el permiso para traer cigarros u otros productos de tabaco del extranjero. Es como un requisito previo para poder importar legalmente.
- Art. 16Para que puedas importar productos de tabaco a México, primero necesitas un permiso especial llamado "permiso sanitario previo de importación". Ese permiso lo otorga la COFEPRIS, que es la agencia del gobierno que se encarga de protegerte de riesgos sanitarios. La COFEPRIS te dará el permiso solo si cumples con lo que dice esta ley y su reglamento. En pocas palabras, sin ese permiso, no puedes meter tabaco de otro país a México.
- Art. 17Cuando llega a la aduana un cargamento de cigarros u otros productos de tabaco, la persona o empresa que los trae del extranjero tiene que mostrar, junto con los papeles de importación, el permiso de salud que autoriza la entrada de ese producto. Ese permiso debe ser el documento original, no una copia. Si no lo presentan, la aduana no dejará pasar la mercancía.
- Art. 18Si compras productos del extranjero que necesitan un permiso sanitario para entrar al país, tienes que guardar ese documento por lo menos tres años. La autoridad de salud puede pedirte que se lo muestres en cualquier momento, y estás obligado a enseñarlo. Es como guardar un recibo importante por si te lo piden después. Si no lo tienes cuando te lo soliciten, podrías tener problemas.
- Art. 19La COFEPRIS (la agencia que regula medicamentos y alimentos en México) te dará el permiso para importar productos de salud solo si cumples con todos los requisitos que marca la Ley, este Reglamento y otras leyes relacionadas. También tienes que pagar las cuotas o impuestos que correspondan según lo que diga la ley aplicable. En pocas palabras, primero debes cumplir con todo el papeleo y pagar, y después recibes el permiso. No obtienes el permiso si te falta algún requisito o no pagaste.
- Art. 20Para importar cigarros o productos de tabaco a México, primero necesitas pedir un permiso de salud. Debes llenar un formato oficial, firmarlo tú o quien te represente legalmente, y entregar varios documentos, como un papel del país de origen que confirme que el producto está vigilado por su gobierno o un certificado de libre venta. También hay que incluir la licencia sanitaria de tu negocio, las etiquetas originales del producto y las que usarás en México, y el comprobante de pago de impuestos. Ese permiso dura 90 días y lo puedes renovar por otros 90 si sigues cumpliendo con los requisitos y pagas de nuevo. Si no usas el permiso, debes devolverlo a la autoridad de salud antes de 30 días después de que venza para que lo cancelen.
- Art. 21Si pides un permiso para importar productos de tabaco, la Secretaría de Salud tiene 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos y días festivos) para darte una respuesta. Si solo necesitas hacer cambios, correcciones o pedir una prórroga de un permiso que ya tienes, la respuesta te la dan en 5 días hábiles. Eso sí, para pedir una prórroga, debes hacer el trámite al menos 5 días hábiles antes de que se venza tu permiso actual. Si a la Secretaría le falta algún documento o información para procesar tu solicitud, te lo va a pedir, y tienes que entregarlo en un plazo: si es un requisito administrativo, es un tercio del tiempo que tenían para resolver; si es un requisito técnico, son dos tercios. Si no entregas lo que te piden a tiempo, tu solicitud se considera como si nunca la hubieras hecho.
- Art. 22Cuando alguien trae productos de tabaco del extranjero a México, la Secretaría de Salud tiene el derecho de tomar una pequeña cantidad de esos productos para revisarlos. Esta revisión es para asegurarse de que cumplen con todas las reglas de la Ley del Tabaco, el reglamento y otras leyes relacionadas. En otras palabras, pueden tomar muestras, como de cigarros o puros, para verificar que estén etiquetados correctamente, no tengan sustancias prohibidas y cumplan con todo lo que marca la ley. No te preocupes, no es un castigo, solo es un chequeo para proteger la salud de todos.
- Art. 23Si compras cigarros u otros productos de tabaco del extranjero y los metes a México sin haber sacado antes un permiso especial de salud, entonces se considera que los introdujiste de manera ilegal. La Secretaría de Salud te puede aplicar multas o tomar medidas para asegurar esos productos, como decomisarlos. Además, va a reportar lo que pasó a las autoridades que se encargan de castigar el comercio ilegal de tabaco. En pocas palabras, no puedes traer tabaco del extranjero sin el permiso correspondiente, porque te arriesgas a sanciones.
- Art. 24Este artículo dice que no se va a permitir que entren a México productos de tabaco que estén prohibidos en el país donde se fabricaron o de donde vienen, ya sea por cuestiones de salud o porque lo hayan recomendado organismos internacionales. En otras palabras, si un cigarro o cualquier producto de tabaco está prohibido, por ejemplo, en Estados Unidos o en Europa por ser dañino, aquí tampoco se podrá importar. Es una medida para proteger tu salud y evitar que entren al país productos que ya sean rechazados en otros lados por peligrosos.
- Art. 25Si hay una alerta de salud en México o en el mundo, la Secretaría de Salud puede prohibir que entren al país productos de tabaco que sean peligrosos. Esto lo hace para proteger a la gente de los riesgos que traen esos productos. Básicamente, si se detecta que algo del tabaco podría hacer daño, no lo dejan pasar.
- Art. 26Si quieres traer de vuelta a México productos de tabaco que no te aceptaron en otro país, tú, como exportador o fabricante, debes pedir un permiso especial a la COFEPRIS antes de que lleguen. En ese permiso tienes que explicar por qué te los rechazaron y cumplir con los requisitos que pide el reglamento. La COFEPRIS decide qué hacer con esos productos después de revisar si están en buenas condiciones sanitarias. La Secretaría tiene 5 días hábiles, desde que avisas que los productos llegaron, para tomar muestras o revisarlos, y 10 días hábiles más para darte una respuesta final. Todos los gastos de almacenamiento, pérdidas o destrucción corren por tu cuenta, no del gobierno. Para pedir el permiso necesitas: copia del pedimento de exportación, factura que muestre a quién se lo vendiste, una carta de rechazo del país que no lo aceptó (o una carta tuya explicando por qué lo devuelves), una carta tuya diciendo cantidad y uso del producto, las etiquetas que usarás en México, y el comprobante de pago de derechos.
- Art. 27Cuando compres cigarros u otros productos de tabaco del extranjero, la COFEPRIS (la autoridad de salud) puede revisarlos de dos maneras. En la primera opción, tú llevas la mercancía a tu almacén, avisas a la COFEPRIS para que tome muestras y asegure el producto, pero no puedes usarlo hasta que los análisis de laboratorio estén listos y la autoridad dé el visto bueno. En la segunda opción, la COFEPRIS va directamente a tu almacén a asegurar la mercancía y tomar muestras, y también debes avisar a la autoridad local de salud; ahí tampoco puedes venderlo hasta que tengas los resultados. En ambos casos, la COFEPRIS tiene 5 días hábiles después de que tú le avises que el producto llegó para tomar las muestras o aplicar medidas de seguridad, y 10 días hábiles después de recibir los análisis para darte una respuesta. Puedes vender los productos una vez que tomen las muestras, pero solo si no te aplicaron una medida de seguridad; si te la aplicaron, tienes que seguir lo que dice otro artículo de la ley.
- Art. 28La autoridad de salud puede revisar tus licencias o permisos para importar productos, tal como lo marcan las reglas generales. Si no cumples con lo que dice la Ley General de Salud, el Reglamento o cualquier otra disposición oficial de la Secretaría, te pueden cancelar esos permisos o licencias. O sea, si no sigues las normas, pierdes el derecho a importar.
- Art. 29Para hacer cualquier trámite relacionado con la Ley del Tabaco, tienes que empezar usando los formatos oficiales que están publicados en el Diario Oficial de la Federación (que es como el periódico del gobierno donde salen las leyes). En esos formatos ya viene especificado qué datos, requisitos y documentos debes entregar. Así que no inventes ni uses otro tipo de papel: todo lo que pidan debe ir en ese formato y con lo que te marquen.
- Art. 29 BisEl permiso sanitario previo de importación es el documento que necesitas para meter productos de salud (como medicinas o alimentos) a México. Ahora puedes hacer todo el trámite por internet. Si eliges hacerlo en línea, debes subir la misma información y papeles que pedirían si lo hicieras en persona. Todo el proceso, desde que entregas los documentos hasta que te avisan si te lo aprobaron o no, se manejará por medios electrónicos, incluyendo cualquier notificación o respuesta de la autoridad.
- Art. 30Todas las cajetillas de cigarros y demás productos de tabaco que se vendan en México deben traer por fuera, en español, la leyenda "Para venta exclusiva en México". También tienen que incluir información sobre lo que contienen, cuánto emiten y los riesgos para la salud, según lo que pida la Secretaría de Salud. Además, deben mostrar los datos (nombre y domicilio) del fabricante, importador o distribuidor, el número de lote del producto, y los mensajes sanitarios con dibujos que indique la autoridad. Si son productos hechos en el extranjero y ya vienen empacados de allá, igual deben cumplir con todo esto y traer la información en español.
- Art. 31Las cajetillas de cigarros o cualquier producto de tabaco deben traer los mensajes de advertencia y las imágenes (pictogramas) impresos directo en el empaque. Esos avisos tienen que verse siempre, incluso cuando estés usando el producto normalmente. Al abrir la cajetilla, no se deben tapar, borrar ni dañar las advertencias de salud. Cuando te vendan estos productos, nadie puede cubrir esos mensajes con calcomanías, bolsas, estuches o cualquier otra cosa que los oculte. Esto aplica para cualquier producto de tabaco, ya sea que se fume o no.
- Art. 32En los empaques y etiquetas de los productos de tabaco, toda la información que pide la ley debe estar escrita bien clarita, que se vea fácil y no se borre. Los letreros deben tener colores que contrasten para que puedas leerlos sin problema cuando compras o usas el producto. Así que nada de letras chiquitas o escondidas: todo tiene que estar a la vista y ser entendible para cualquier persona.
- Art. 33Si vendes puros, debes guardarlos en su caja original hasta que los vendas. Además, la caja o empaque que le entregues al cliente tiene que mostrar los mensajes de salud y las imágenes de advertencia (pictogramas) bien visibles. Desde diciembre de 2022, también está prohibido mostrar los productos de tabaco, así sean directa o indirectamente, en el lugar de venta. Por último, como negocio, tienes que cumplir con otras reglas que aplican para este tipo de productos.
- Art. 34Las cajetillas de cigarros y sus envolturas tienen que incluir las advertencias de salud y los dibujos que marca la ley, sin excepción. Todo lo que esté impreso en el empaque, como imágenes o frases, debe seguir las reglas de la Ley General para el Control del Tabaco y su reglamento. Esto aplica también a cualquier empaque exterior, como las cajas donde vienen los paquetes. Si no cumplen, están violando la ley.
- Art. 35Todas las cajetillas de cigarros y cualquier empaque o etiqueta que los cubra deben traer por lo menos una imagen o dibujo y dos avisos de advertencia diferentes, según las reglas que ponga la Secretaría de Salud. Esos mensajes y dibujos tienen que cumplir con las medidas y tamaños que marca la ley, sin importar cómo sea el empaque o su presentación.
- Art. 36Las cajetillas de cigarros y sus empaques no pueden traer dentro papeles sueltos o folletos que tengan advertencias o información sobre sus características, usos o algo parecido. Tampoco puede haber etiquetas despegables con ese tipo de datos. Esto aplica al empaque exterior, no solo a la cajetilla individual. En corto, todo lo que diga algo sobre el producto debe ir impreso directamente en el empaque, no en hojas aparte.
- Art. 37Las cajetillas de cigarros y cualquier empaque donde se vendan, además de traer las advertencias sanitarias, deben incluir información sobre qué contiene el tabaco, lo que desprende al fumarlo y los daños que causa. Esa información la va a decidir la Secretaría de Salud, y la dará a conocer en un documento oficial llamado "acuerdo".
- Art. 38Imagina que compras una cajetilla de cigarros y al abrirla o al usarla se ve la parte de adentro o algún otro lado que no sea la cara principal. Pues esa parte que se ve debe tratarse como si fuera la cara principal de la cajetilla. Esto significa que también debe tener las advertencias sanitarias y toda la información que la ley exige en la parte de enfrente del empaque. En pocas palabras, no importa qué parte del empaque se vea al usar el producto, todo debe cumplir con las reglas.
- Art. 39La ley prohíbe que en las cajetillas o empaques de cigarros y otros productos de tabaco se pongan palabras o imágenes que engañen sobre lo dañinos que son. Por ejemplo, no puedes usar frases como "light", "suave" o "bajo en alquitrán" porque dan la impresión falsa de que ese producto es menos peligroso que otro. Tampoco se permite usar marcas o dibujos que hagan pensar lo mismo. Todo esto está prohibido para que no te confundas y creas que hay cigarros "más sanos", cuando todos son igual de dañinos para la salud.
- Art. 40Está prohibido, en México, anunciar, promover o patrocinar productos de tabaco como cigarros, ya sea directamente o por medios que inviten a consumirlos. Esto aplica a cualquier medio, como revistas, periódicos, carteles, radio, televisión, cine, redes sociales, aplicaciones digitales, servicios de streaming, internet (correos electrónicos, anuncios en páginas web) y hasta en vehículos. Tampoco se pueden hacer promociones personales por correo postal o electrónico, ni mostrar los productos en lugares públicos. En pocas palabras, no se vale hacer publicidad del tabaco en ningún formato, para evitar que la gente fume.
- Art. 41El Artículo 41 ya no existe en la ley. "Derogado" significa que fue eliminado oficialmente desde el 16 de diciembre de 2022. Por lo tanto, ya no tiene ningún efecto y no debes tomarlo en cuenta.
- Art. 42El Artículo 42 fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de diciembre de 2022. Eso significa que ya no existe ni tiene efecto legal. Básicamente, ya no debes preocuparte por lo que decía antes, porque la ley lo borró por completo. No hay nada que cumplir, aplicar o entender de ese artículo.
- Art. 43Este artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por una reforma oficial en diciembre de 2022. Por lo tanto, no aplica ni tiene efecto legal.
- Art. 44El Artículo 44 fue eliminado de la ley por una reforma publicada el 16 de diciembre de 2022. Eso significa que ya no existe ni tiene validez, como si lo hubieran borrado por completo. No tienes que preocuparte por él ni aplicarlo en ningún caso, porque ya no forma parte de las reglas oficiales.
- Art. 45Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 16 de diciembre de 2022. Eso significa que ya no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. En lugar de este artículo, seguramente hay nuevas reglas que lo reemplazaron. Si necesitas saber qué dice la ley ahora sobre ese tema, tienes que buscar en las modificaciones más recientes.
- Art. 46Este artículo fue eliminado de la ley desde el 16 de diciembre de 2022, así que ya no tiene validez. Que esté "derogado" significa que dejó de existir legalmente y ya no se aplica. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni cumplir de este artículo. Solo es importante saber que ya no forma parte de la ley vigente.
- Art. 47El Artículo 47 ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente el 16 de diciembre de 2022, así que desde esa fecha no tiene ningún efecto. Básicamente, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente después de ese día. No debes preocuparte por lo que decía, porque legalmente ya no aplica.
- Art. 48Este artículo fue eliminado de la ley desde el 16 de diciembre de 2022, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. Cuando una ley dice "derogado", significa que esa regla ya no existe ni se aplica. En pocas palabras, no hay nada que explicar ni cumplir aquí.
- Art. 49La ley dice que, dentro de las tiendas donde venden cigarros, solo puedes poner el nombre y el precio de cada producto, escritos con letra negra sobre fondo blanco. No puedes usar fotos, dibujos ni frases que hagan pensar a la gente que una marca o producto es menos dañino que otro. Todos los productos del mismo tipo deben mostrarse igual, sin privilegiar a ninguno con información extra. Esto aplica a cualquier escrito o imagen que veas en los aparadores o estantes de la tienda. La idea es que nadie se confíe y crea que fumar algo es más seguro, porque todos los cigarros son dañinos.
- Art. 50Los lugares donde vendan cigarros o productos de tabaco deben tener letreros visibles adentro del negocio con la siguiente información: el número telefónico de la Secretaría de Salud para pedir ayuda y orientación sobre cómo dejar de fumar; la frase "Venta prohibida de cigarrillos por unidad", que significa que no puedes vender cigarros sueltos; la frase "Se prohíbe el comercio, venta, distribución o suministro a menores de edad", es decir, no se les puede vender a niños o adolescentes; y un texto que diga "Reporta al" seguido de un número para que la gente pueda denunciar si alguien no cumple estas reglas.
- Art. 50 BisEn las tiendas, puestos o cualquier lugar donde vendan cigarros o productos de tabaco, está prohibido mostrarlos al público, ya sea que se vean directamente o por algún reflejo o imagen. En vez de eso, solo pueden tener una lista escrita que diga los nombres de los productos y sus precios, sin dibujos, marcas o logotipos. Esa lista tiene que cumplir con las reglas que ponga la Secretaría de Salud, y debe publicarse en el periódico oficial del gobierno para que todos la conozcan. Esto aplica desde diciembre de 2022.
- Art. 51El artículo 51 dice que el objetivo principal de este reglamento es proteger a todas las personas, como tú y tu familia, del humo del tabaco y las emisiones (vapor que botan los cigarros electrónicos o vapeadores) en lugares cerrados, el trabajo, el transporte público, espacios donde haya mucha gente y escuelas de todos los niveles. También establece las reglas para que los dueños o encargados puedan crear zonas donde sí esté permitido fumar, pero siempre al aire libre. Además, busca evitar que los jóvenes empiecen a fumar, reducir el consumo de tabaco y las enfermedades que provoca, y promover que cualquier persona pueda denunciar si ve que no se cumplen estas reglas.
- Art. 52El Artículo 52 dice que, para informar y prevenir sobre el tabaco, el gobierno debe hacer tres cosas. Primero, enseñarle a la gente los daños graves que causa fumar, usar productos de nicotina o estar cerca del humo, y dar consejos para que no empiecen a fumar ni lo hagan en lugares públicos. Segundo, difundir información sobre los beneficios de dejar el cigarro y promover que la gente lo deje. Tercero, apoyar a los fumadores que quieran dejar el vicio, ofreciéndoles tratamientos y un número telefónico al que puedan llamar para pedir ayuda.
- Art. 53Si eres dueño, encargado o responsable de un lugar donde no se permite fumar (como restaurantes, oficinas o escuelas), tienes la obligación de actuar cuando alguien esté fumando o tenga encendido un cigarro o vapeador. Primero, pídele de buena manera que apague lo que está fumando. Si no te hace caso, exígele que se salga del lugar y se vaya a la zona especial para fumar que esté al aire libre. Si se pone necio, ya puedes negarle el servicio y, si es necesario, pedir ayuda a las autoridades. Tu responsabilidad termina en cuanto reportes el problema a la autoridad y te den un número de reporte.
- Art. 54Los jefes o encargados de cualquier oficina del gobierno federal (incluyendo el poder legislativo, judicial y organismos autónomos) tienen la obligación de aplicar y hacer cumplir este reglamento. Si un superior ve a alguien, sea empleado o ciudadano, fumando o con un cigarro encendido adentro de la oficina, debe pedirle que lo apague de inmediato. Si la persona se niega, el jefe debe pedirle que se salga a un espacio al aire libre; y si aún así no obedece, y es un particular (no empleado), deberá llamar a la autoridad para que lo saquen. Si el que fuma es un empleado a su cargo, en lugar de eso tendrá que reportarlo a la Contraloría del gobierno. Quienes no hagan caso después de que les llamen la atención, podrían ser entregados a las autoridades para que decidan la multa o castigo correspondiente.
- Art. 55En lugares donde está prohibido fumar, los dueños o encargados deben poner un letrero bien visible en la entrada que diga: "Está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina". También deben poner señalamientos dentro del lugar que recuerden que es un espacio libre de humo, junto con avisos sobre las multas por no cumplir y un número telefónico para hacer quejas o denuncias. Esto aplica para que todos, trabajadores, clientes o visitantes, sepan las reglas.
- Art. 56Si eres dueño, arrendatario o responsable de un vehículo de transporte, debes poner letreros visibles por dentro y en la entrada que digan que no se puede fumar ni tener encendido ningún producto de tabaco o nicotina. También tienes que incluir un número telefónico donde la gente pueda reportar quejas o denuncias si alguien no cumple con esto. Si un pasajero se niega a dejar de fumar, primero pídele que apague su cigarro; si no te hace caso, invítalo a bajarse del vehículo, y si se rehúsa, avisa a las autoridades correspondientes.
- Art. 57Este artículo explica que cualquier persona que forme parte de una escuela, como estudiantes, maestros, personal administrativo, padres o madres de familia, o miembros de las asociaciones de padres, tiene derecho a vigilar que se cumpla la ley que prohíbe fumar o tener encendidos cigarros, vapeadores o cualquier producto de tabaco o nicotina que eche humo, dentro de la escuela, ya sea en lugares cerrados o al aire libre. Pueden hacerlo solos o en grupo, y si ven a alguien que no esté respetando esta regla, pueden avisarle a la autoridad correspondiente para que tome cartas en el asunto.
- Art. 58El artículo 58 dice que cualquier persona que estudie, enseñe o trabaje en una escuela (pública o privada), así como los papás o mamás de los alumnos, puede ayudar a vigilar que no se vendan cigarros a menores de edad ni cigarros sueltos. También pueden reportar a las autoridades a los puestos fijos, semifijos o vendedores ambulantes que no cumplan con esta regla. Esto lo pueden hacer solos o en grupo, incluso si pertenecen a asociaciones de padres de familia. La idea es que todos puedan denunciar cuando vean que alguien vende tabaco de forma ilegal.
- Art. 59Si eres dueño, administrador o el que organiza un evento en un lugar donde está prohibido fumar, tú tienes la obligación de que todos respeten la Ley Antitabaco. Tus empleados también deben ayudarte a vigilar que nadie fume. Si ves a alguien fumando, debes pedirle que se salga del lugar y advertirle que, si no lo hace, le vas a avisar a las autoridades.
- Art. 60Las áreas para fumar solo pueden estar al aire libre y no se permite que ahí vendan o consumas alimentos, bebidas, ni que haya entretenimiento o reuniones sociales. Deben estar separadas de las zonas libres de humo, a mínimo 10 metros de entradas, salidas o lugares donde pase mucha gente, y no pueden ocupar más del 10% del espacio total del lugar. Además, tienen que tener letreros que prohíban la entrada a menores de edad y advertencias con imágenes sobre los daños a la salud. Los menores de edad tienen prohibido entrar, y se debe avisar especialmente a mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con enfermedades del corazón, pulmón o cáncer sobre los riesgos.
- Art. 61Este artículo ya no es válido. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley oficialmente el 16 de diciembre de 2022. No tiene ningún efecto legal hoy en día.
- Art. 62El Artículo 62 fue eliminado de la ley el 16 de diciembre de 2022, así que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que se canceló oficialmente y ya no se aplica. En pocas palabras, este artículo ya no sirve para nada ni tienes que preocuparte por él.
- Art. 63Ese artículo ya no existe legalmente. La palabra "derogado" significa que fue cancelado o eliminado de la ley por una reforma, en este caso desde el 16 de diciembre de 2022. Entonces, ya no tiene ningún efecto ni hay que tomarlo en cuenta.
- Art. 64La Secretaría de Salud puede hacer acuerdos con sociedades de doctores, organizaciones civiles, empresarios y sindicatos. Estos acuerdos sirven para investigar sobre el tabaco, evitar que la gente empiece a fumar, bajar el consumo de cigarros y el humo que otros respiran, y ayudar a quienes quieren dejar de fumar. También se puede usar para capacitar a personas en temas de control del tabaco.
- Art. 65En hoteles, moteles y cualquier lugar donde la gente se hospede, está totalmente prohibido fumar o tener encendidos cigarros, vapeadores o cualquier producto con tabaco o nicotina, tanto en las habitaciones como en pasillos, lobby o áreas comunes. Los únicos lugares donde sí se puede fumar son las zonas al aire libre que el hotel designe especialmente para eso, pero deben cumplir con las reglas del artículo 60 de este reglamento.
- Art. 65 BisNadie puede fumar o tener un cigarro, vapeador o cualquier producto con tabaco o nicotina encendido en lugares donde haya mucha gente. Esto incluye terrazas, balcones, parques, estadios, playas, centros comerciales, restaurantes, hospitales, escuelas, paradas de camión y cualquier espacio público donde se junte la raza. Tampoco se vale en áreas donde estén niños o jóvenes. La regla es simple: en espacios compartidos, nada de fumar.
- Art. 65 TerLas áreas comunes de las cárceles y centros de detención, como pasillos o patios, se consideran espacios cerrados según este reglamento. Esto significa que, aunque sean lugares donde los reos pueden estar juntos, no se tratan como espacios abiertos o al aire libre. Esta regla aplica para las áreas públicas dentro de esos centros, no para las celdas individuales.
- Art. 66El artículo dice que la Secretaría de Salud va a invitar a la gente y a las organizaciones a participar para prevenir el tabaquismo. Por ejemplo, va a promover que los espacios públicos estén libres de humo de cigarro y emisiones, y que la gente pueda reportar lugares donde dejen fumar. También incluye educar a la comunidad, hacer investigaciones sobre el control del tabaco y difundir las leyes que prohíben fumar en ciertos sitios o vender cigarros sueltos a menores. Además, va a trabajar con los consejos contra las adicciones para que todos puedan denunciar irregularidades.
- Art. 67La Secretaría (la dependencia encargada de la salud) va a pedir que tanto la gente como las organizaciones de la sociedad civil ayuden a aplicar la Ley y este Reglamento. También, en la medida de lo posible, los invitará a colaborar para diseñar campañas de información que se repitan seguido. El chiste de esas campañas es hacer que la población y las personas influyentes (como líderes de opinión) entiendan los peligros de fumar, de estar cerca del humo del tabaco y sus emisiones. Además, quieren que la gente sepa lo bueno que es no empezar a fumar y lo importante que es dejar de consumir productos de tabaco lo más pronto posible.
- Art. 68Si ves que alguien no está cumpliendo la ley o este reglamento, tú, como ciudadano, puedes ir a la autoridad correspondiente (como una oficina de gobierno) y poner una denuncia. La autoridad va a recibir tu queja, le va a dar seguimiento y actuará según los pasos que ya están marcados en la ley. No importa si no eres abogado, cualquier persona puede hacerlo. Solo tienes que reportar lo que viste.
- Art. 69La Secretaría va a poner un número de teléfono gratis para que puedas reportar si alguien no cumple con esta ley o con los reglamentos sobre tabaco y nicotina. También podrás pedir orientación por ese mismo número sobre los peligros de fumar o consumir nicotina, y consejos para dejar el cigarro. Es un servicio sin costo, solo para ayudarte.
- Art. 70La Secretaría tiene la obligación de mantener en secreto tus datos personales si presentas una denuncia, para que nadie se entere de que fuiste tú quien la hizo. Esto aplica siempre y cuando cumplan con lo que dicen las leyes de transparencia y acceso a la información, tanto la general como la federal. Básicamente, si denuncias algo relacionado con salud o vigilancia sanitaria, tu identidad estará protegida por ley.
- Art. 71La Secretaría y los gobiernos de cada estado o entidad son los encargados de vigilar que se cumplan esta ley, su reglamento y otras leyes relacionadas. Cada quien cuida lo que le toca según su nivel de autoridad. Básicamente, son los responsables de checar que todo se haga como debe ser y de evitar que alguien incumpla.
- Art. 72La Secretaría de Salud va a pedir la ayuda de varias personas y grupos para prevenir el consumo de tabaco. Esto incluye a los dueños, encargados y empleados de negocios, oficinas, fábricas, empresas y transportes públicos, así como a las personas que usan esos lugares. Los usuarios de esos espacios pueden exigir que se cumplan las reglas contra el tabaco en todo momento. También participarán los encargados de control interno de las oficinas de gobierno y los jefes de las dependencias públicas, con apoyo de su área administrativa.
- Art. 73Para asegurarse de que se cumplan las reglas sobre el control del tabaco, las autoridades de salud pueden hacer dos cosas. La primera es que manden a sus inspectores autorizados a que vayan personalmente a los negocios o lugares a revisar que todo esté en orden. La segunda es que, cuando haya sospechas de que se está haciendo publicidad o promoción del tabaco (lo cual está prohibido), las propias autoridades puedan elaborar un informe oficial señalando la falta, sin necesidad de hacer una visita.
- Art. 74El artículo 74 dice que las revisiones o inspecciones de salud pública se hacen siguiendo un proceso específico que está en la Ley General de Salud. Estas visitas pueden ser de dos tipos: ordinarias, que se realizan en días y horas normales de trabajo, y extraordinarias, que se pueden hacer a cualquier hora del día o de la noche, incluso en fines de semana o días festivos.
- Art. 75Cuando vayan a hacer una verificación sanitaria a tu negocio o local, la orden que te entreguen debe incluir un número telefónico de la autoridad de salud que la emitió. Ese número es para que tú, como dueño, encargado o la persona que atienda la visita, puedas hacer preguntas, presentar quejas o denuncias, y también para que puedas confirmar si la verificación es legítima o no. Básicamente, es para que puedas checar que todo sea oficial y no te tomen el pelo.
- Art. 76Si la autoridad de salud descubre que alguien no cumplió con lo que dice el artículo 23 de la Ley o con otras reglas relacionadas, tiene que hacer un reporte con detalles muy específicos. Ese reporte debe incluir: el lugar, la fecha y la hora en que se encontró el problema, el nombre del anunciante y del responsable del lugar donde ocurrió, y también una descripción del anuncio, promoción o patrocinio que está mal, junto con el nombre del medio donde se difundió. Además, siempre deben agregar una copia del anuncio, o si no es posible, una foto, video o una descripción que muestre bien el mensaje y el medio donde apareció.
- Art. 77Una vez que terminen la revisión o el informe, la autoridad de salud va a checar si todo lo relacionado con los productos de tabaco y los lugares mencionados en este reglamento cumple con la ley. Después, te van a enviar un documento oficial por escrito, llamado oficio, para decirte cuál fue el resultado de esa evaluación. En pocas palabras, te notifican formalmente si todo está en orden o no.
- Art. 78Este artículo dice que las autoridades pueden aplicar medidas de seguridad, como puede ser cerrar un negocio o suspender actividades, para proteger la salud de la gente en todo lo relacionado con la producción, publicidad e importación de productos de tabaco. Esas medidas se aplican de inmediato, sin demora, nada más que se detecte un riesgo. Además, solo duran el tiempo necesario para arreglar el problema o hasta que desaparezca la causa que las provocó, como una irregularidad que ponga en peligro la salud. En pocas palabras, si algo anda mal con los cigarros o su publicidad, las autoridades pueden pararlo al instante y por el tiempo justo para que ya no haga daño.
- Art. 79El artículo 79 explica qué tipo de castigos o multas se pueden aplicar cuando alguien viola las reglas sobre productos de tabaco. Las medidas son: 1) parar por completo y para siempre cualquier publicidad, promoción o patrocinio de tabaco, además de detener los trabajos o servicios relacionados; 2) asegurar (es decir, confiscar o retener) la publicidad, los productos de tabaco y el equipo para hacerlos o distribuirlos; 3) destruir todo eso, como cigarros, anuncios y máquinas; 4) sacar los productos del mercado para que no se vendan; y 5) cualquier otra medida que ordene la Secretaría de Salud. En pocas palabras, son acciones fuertes para que no se promueva ni se venda tabaco de forma ilegal.
- Art. 80Si alguien desobedece lo que dice esta ley, su reglamento o las reglas que de ahí salgan, la COFEPRIS (la agencia del gobierno que vigila estos asuntos) le puede imponer una multa o castigo administrativo, siguiendo lo que marcan los artículos 46, 48, 49, 51 y 52 de la ley. Además, si la falta es tan grave que se considera un delito (como un fraude o algo ilegal), también podría enfrentar un castigo penal, como ir a la cárcel. En pocas palabras: te pueden sancionar por no cumplir las reglas, y si además es algo muy serio, hasta te pueden meter en problemas con la justicia.
- Art. 81Si tienes problemas con las medidas de seguridad o las sanciones que te impongan por algo relacionado con la salud, todo el proceso se va a manejar siguiendo las reglas de la Ley General de Salud. Eso quiere decir que los pasos, plazos y cómo defenderte están marcados en esa ley. Básicamente, si hay algún recurso o queja que quieras meter, tienes que guiarte por lo que dice ahí.
- Art. 82El artículo 82 dice que en todos los trámites oficiales relacionados con esta ley y sus reglas se debe seguir lo que marca la Ley General de Salud. Los artículos transitorios explican cuándo y cómo se aplican los cambios: el nuevo reglamento empieza a funcionar 30 días después de publicarse en el Diario Oficial. A partir de ese momento, se cancela el reglamento anterior sobre consumo de tabaco del año 2000. También se eliminan varias reglas viejas de otros reglamentos. Los estados de la República deben ajustar sus propias leyes para incluir lo mínimo que pide este reglamento sobre protección contra el humo del tabaco. Por último, si necesitas un permiso para importar y todavía no tienes la licencia sanatoria, puedes adelantar el trámite si ya la solicitaste en los últimos 60 días, pero si después te niegan la licencia, no te darán el permiso de importación.