Artículo 71 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Secretaría y los gobiernos de cada estado o entidad son los encargados de vigilar que se cumplan esta ley, su reglamento y otras leyes relacionadas. Cada quien cuida lo que le toca según su nivel de autoridad. Básicamente, son los responsables de checar que todo se haga como debe ser y de evitar que alguien incumpla.
Texto oficial
Artículo 71.- Corresponde a la Secretaría y a los gobiernos de las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias, la vigilancia en el cumplimiento de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.