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Artículo 71 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y los gobiernos de cada estado o entidad son los encargados de vigilar que se cumplan esta ley, su reglamento y otras leyes relacionadas. Cada quien cuida lo que le toca según su nivel de autoridad. Básicamente, son los responsables de checar que todo se haga como debe ser y de evitar que alguien incumpla.

Texto oficial

Artículo 71.- Corresponde a la Secretaría y a los gobiernos de las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias, la vigilancia en el cumplimiento de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.