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Artículo 26 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres traer de vuelta a México productos de tabaco que no te aceptaron en otro país, tú, como exportador o fabricante, debes pedir un permiso especial a la COFEPRIS antes de que lleguen. En ese permiso tienes que explicar por qué te los rechazaron y cumplir con los requisitos que pide el reglamento. La COFEPRIS decide qué hacer con esos productos después de revisar si están en buenas condiciones sanitarias. La Secretaría tiene 5 días hábiles, desde que avisas que los productos llegaron, para tomar muestras o revisarlos, y 10 días hábiles más para darte una respuesta final. Todos los gastos de almacenamiento, pérdidas o destrucción corren por tu cuenta, no del gobierno. Para pedir el permiso necesitas: copia del pedimento de exportación, factura que muestre a quién se lo vendiste, una carta de rechazo del país que no lo aceptó (o una carta tuya explicando por qué lo devuelves), una carta tuya diciendo cantidad y uso del producto, las etiquetas que usarás en México, y el comprobante de pago de derechos.

Texto oficial

Artículo 26.- Cuando se pretenda retornar al país productos del tabaco que no hayan sido aceptados por el país de destino, el exportador y, en su caso, el fabricante deberá solicitar permiso sanitario previo de importación por retorno de mercancía, cubriendo al efecto los requisitos que establezca este Reglamento y demás disposiciones legales aplicables e indicando las causas por las cuales dichos productos de tabaco fueron rechazados en el país al cual estaban destinados. La COFEPRIS determinará el destino final de los productos del tabaco antes mencionados, después de evaluar su condición sanitaria. La Secretaría tendrá cinco días hábiles, contados a partir de la notificación hecha por el importador de que los productos llegaron a su destino para la toma de muestras o aplicación de medidas de seguridad, y de diez días hábiles a partir de la recepción de los resultados de los análisis o de la documentación que compruebe la corrección, para emitir la respuesta correspondiente. Los gastos de almacenamiento y pérdidas generados durante el tiempo necesario para la dictaminación y, en su caso, la destrucción, correrán por cuenta del exportador o fabricante que haya solicitado el reingreso de los productos al país. La solicitud de permiso sanitario previo de importación por retorno de mercancía deberá cumplir con los siguientes requisitos: I. Copia del pedimento de exportación; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-12-2022 8 de 24 II. Factura de exportación que ampare al producto que se exportó, donde se especifique la cantidad, el nombre y domicilio completo del destinatario; III. En su caso, carta de rechazo emitida por la autoridad competente, del país al que se exportó, donde se indique el motivo de rechazo y en caso de no ser el rechazo por la autoridad competente, un escrito en hoja membretada de la empresa donde se indique el motivo del retorno; IV. Carta del importador donde indique cantidad, destino, uso del producto y lote, en papel membretado de la empresa; V. Etiquetas con la que comercializará el producto en México, en su caso, y VI. Comprobante del pago de derechos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.