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Ley
REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Artículo
25

Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay una alerta de salud en México o en el mundo, la Secretaría de Salud puede prohibir que entren al país productos de tabaco que sean peligrosos. Esto lo hace para proteger a la gente de los riesgos que traen esos productos. Básicamente, si se detecta que algo del tabaco podría hacer daño, no lo dejan pasar.

Texto oficial

Artículo 25.- En caso de alerta sanitaria nacional o internacional, la Secretaría tomará las medidas necesarias para impedir la importación de productos del tabaco que puedan causar daño ocasionado por los riesgos asociados.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales (pág. 7) ↗

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