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Ley
REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Artículo
39

Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley prohíbe que en las cajetillas o empaques de cigarros y otros productos de tabaco se pongan palabras o imágenes que engañen sobre lo dañinos que son. Por ejemplo, no puedes usar frases como "light", "suave" o "bajo en alquitrán" porque dan la impresión falsa de que ese producto es menos peligroso que otro. Tampoco se permite usar marcas o dibujos que hagan pensar lo mismo. Todo esto está prohibido para que no te confundas y creas que hay cigarros "más sanos", cuando todos son igual de dañinos para la salud.

Texto oficial

Artículo 39.- Queda prohibido en el empaquetado y el etiquetado externo de los productos del tabaco, toda forma de promoción, que pueda inducir a error respecto a sus características, efectos para la salud, riesgos o emisiones; asimismo, queda prohibido el empleo de términos descriptivos, marcas de fábrica o de comercio, signos figurativos o frases tales como “con bajo contenido de alquitrán”, “ligero”, “ultraligero”, “suave”, “extra”, “ultra”, “light”, “lights”, “mild” “soft”, “smooth” o cualquier otra que en este o en otro idioma tengan el efecto directo o indirecto de crear la falsa impresión de que un determinado producto de tabaco es menos nocivo que otro. Capítulo Quinto Publicidad y Promoción

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales (pág. 11) ↗

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