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Artículo 76 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la autoridad de salud descubre que alguien no cumplió con lo que dice el artículo 23 de la Ley o con otras reglas relacionadas, tiene que hacer un reporte con detalles muy específicos. Ese reporte debe incluir: el lugar, la fecha y la hora en que se encontró el problema, el nombre del anunciante y del responsable del lugar donde ocurrió, y también una descripción del anuncio, promoción o patrocinio que está mal, junto con el nombre del medio donde se difundió. Además, siempre deben agregar una copia del anuncio, o si no es posible, una foto, video o una descripción que muestre bien el mensaje y el medio donde apareció.

Texto oficial

Artículo 76.- Cuando la autoridad sanitaria detecte incumplimiento a lo ordenado en el artículo 23 de la Ley, las disposiciones señaladas en el presente Reglamento, y demás disposiciones jurídicas aplicables, elaborará un informe detallado que contenga: Párrafo reformado DOF 16-12-2022 I. El lugar, fecha y hora de la detección; II. Denominación o razón social o nombre del anunciante y del responsable del sitio donde se detectó el incumplimiento; Fracción reformada DOF 16-12-2022 III. En su caso, el nombre de la publicación, promoción o patrocinio; descripción del texto o mensaje, y la denominación del medio de comunicación o difusión en que se haya detectado la publicidad, promoción y patrocinio que incumple con lo ordenado en el artículo 23 de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, y Fracción reformada DOF 16-12-2022 IV. Derogada. Fracción derogada DOF 16-12-2022 V. Cualquier otro dato que resulte procedente para el mejor desarrollo de las funciones conferidas. Al informe de verificación deberá integrarse invariablemente una copia de la publicación, promoción o patrocinio objeto de este informe, o bien si las condiciones no permiten obtener dicha copia, se integrará con una fotografía, video o descripción de la publicidad, promoción o patrocinio prohibido, donde se aprecie, además del texto o mensaje publicitario o de promoción o patrocinio, la denominación del medio de comunicación o difusión y su fecha. Párrafo reformado DOF 16-12-2022

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.