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Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para importar cigarros o productos de tabaco a México, primero necesitas pedir un permiso de salud. Debes llenar un formato oficial, firmarlo tú o quien te represente legalmente, y entregar varios documentos, como un papel del país de origen que confirme que el producto está vigilado por su gobierno o un certificado de libre venta. También hay que incluir la licencia sanitaria de tu negocio, las etiquetas originales del producto y las que usarás en México, y el comprobante de pago de impuestos. Ese permiso dura 90 días y lo puedes renovar por otros 90 si sigues cumpliendo con los requisitos y pagas de nuevo. Si no usas el permiso, debes devolverlo a la autoridad de salud antes de 30 días después de que venza para que lo cancelen.

Texto oficial

Artículo 20.- Para obtener el permiso sanitario previo de importación de productos del tabaco, el importador presentará su solicitud en el formato oficial debidamente requisitado, firmado por el interesado o su representante legal, anexando la siguiente documentación: I. Constancia expedida por la autoridad competente del país de origen, responsable de regular el proceso y calidad del producto a importar, en el que se indique que el producto de tabaco de que se trate fue fabricado en el país de origen y que está sujeto a vigilancia regular por parte de la autoridad competente e indique su composición fisicoquímica y el lugar de procedencia geográfica del mismo, con vigencia por lote, o bien certificado de libre venta emitido por autoridad competente que sea la responsable de garantizar que los productos del tabaco cumplen con las disposiciones legales y que se usan o consumen libremente y sin restricción alguna en el país de origen o de procedencia, según sea el caso, con vigencia por un año; II. Copia de licencia sanitaria del establecimiento; III. Original de la etiqueta de origen; IV. Original de la etiqueta con la que se comercializará en México que cumpla con las disposiciones aplicables de la legislación sanitaria vigente, y V. Comprobante de pago de derechos en la forma autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Los permisos sanitarios previos de importación serán otorgados por 90 días, los cuales podrán prorrogarse por un periodo igual. La solicitud correspondiente deberá presentarse a las autoridades sanitarias con antelación al vencimiento de la autorización. Sólo procederá la prórroga cuando se sigan cumpliendo los requisitos que señalen la Ley, este Reglamento y demás disposiciones legales aplicables y previo pago de los derechos correspondientes, anexando a la solicitud correspondiente el original del permiso sanitario previo de importación. El permiso sanitario previo de importación que no haya sido utilizado, deberá ser devuelto a la Autoridad Sanitaria que lo expidió para su cancelación, en un plazo máximo de 30 días después de la fecha de su vencimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.