Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 51 dice que el objetivo principal de este reglamento es proteger a todas las personas, como tú y tu familia, del humo del tabaco y las emisiones (vapor que botan los cigarros electrónicos o vapeadores) en lugares cerrados, el trabajo, el transporte público, espacios donde haya mucha gente y escuelas de todos los niveles. También establece las reglas para que los dueños o encargados puedan crear zonas donde sí esté permitido fumar, pero siempre al aire libre. Además, busca evitar que los jóvenes empiecen a fumar, reducir el consumo de tabaco y las enfermedades que provoca, y promover que cualquier persona pueda denunciar si ve que no se cumplen estas reglas.
Texto oficial
Artículo 51.- Este Reglamento tiene, en materia de protección contra la exposición al humo de tabaco y emisiones, las finalidades siguientes: Párrafo reformado DOF 16-12-2022 I. Proteger a la población en general contra la exposición al humo de tabaco y emisiones en cualquier área física con acceso al público, en los espacios cerrados, en todo lugar de trabajo, en transporte público, en espacios de concurrencia colectiva, o en las escuelas públicas y privadas de todos los niveles educativos; Fracción reformada DOF 16-12-2022 I Bis. Establecer los lineamientos que deberán observar las personas propietarias, administradoras o responsables de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, así como para establecer zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán estar siempre ubicadas en espacios al aire libre; Fracción adicionada DOF 16-12-2022 II. Proteger al personal laboralmente expuesto al humo de tabaco y emisiones en los lugares de trabajo; Fracción reformada DOF 16-12-2022 III. Reducir la probabilidad de que la población en riesgo se inicie en el tabaquismo; IV. Promover el desarrollo de acciones tendientes a reducir el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco y emisiones en la población, así como la morbilidad y mortalidad ocasionadas por dicho consumo y exposición, y Fracción reformada DOF 16-12-2022 V. Establecer mecanismos de coordinación para la participación y denuncia ciudadana, para la estricta vigilancia de la Ley y este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.