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Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las cajetillas de cigarros y cualquier empaque donde se vendan, además de traer las advertencias sanitarias, deben incluir información sobre qué contiene el tabaco, lo que desprende al fumarlo y los daños que causa. Esa información la va a decidir la Secretaría de Salud, y la dará a conocer en un documento oficial llamado "acuerdo".

Texto oficial

Artículo 37.- Todos los paquetes de productos de tabaco y todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, además de las leyendas de advertencia especificadas, contendrán la información que determine la Secretaría sobre los contenidos de los productos de tabaco, sus emisiones y riesgos, la cual será determinada en el acuerdo que al efecto emita la Secretaría. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-12-2022 11 de 24

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

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