Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para hacer cualquier trámite relacionado con la Ley del Tabaco, tienes que empezar usando los formatos oficiales que están publicados en el Diario Oficial de la Federación (que es como el periódico del gobierno donde salen las leyes). En esos formatos ya viene especificado qué datos, requisitos y documentos debes entregar. Así que no inventes ni uses otro tipo de papel: todo lo que pidan debe ir en ese formato y con lo que te marquen.
Texto oficial
Artículo 29.- Los trámites a que se refiere el presente Título deberán iniciarse utilizando los formatos autorizados y publicados en el Diario Oficial de la Federación. En dichos formatos se especificarán los datos, requisitos y documentos que el solicitante, en cada caso, debe proporcionar, cumplir y acompañar. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-12-2022 9 de 24
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.