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Artículo 142 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, junto con una comisión especial, les va a proponer a otras dependencias del gobierno formas de trabajar mejor para que no se repitan ni se compliquen los trámites y servicios. Esto incluye hacer planes, reglas o procesos que ayuden a simplificar y mejorar todo lo relacionado con permisos, obligaciones y derechos de los ciudadanos. La idea es que sea más fácil para ti cumplir con lo que te piden y ejercer lo que te corresponde, sin que las autoridades se estorben entre sí.

Texto oficial

Artículo 142. La Secretaría, con la participación de la Comisión, propondrá a las dependencias competentes de la Administración Pública Federal en la regulación y control de los sectores a que se refiere el artículo 100 de la Ley, mecanismos que tendrán por objeto coordinar a las autoridades, en sus respectivos ámbitos de competencia, a través de planes, directrices, órganos, instancias o procedimientos que promuevan la simplificación, mejora y no duplicidad en la emisión de regulaciones, trámites y servicios y que faciliten a los interesados el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.