Artículo 142 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, junto con una comisión especial, les va a proponer a otras dependencias del gobierno formas de trabajar mejor para que no se repitan ni se compliquen los trámites y servicios. Esto incluye hacer planes, reglas o procesos que ayuden a simplificar y mejorar todo lo relacionado con permisos, obligaciones y derechos de los ciudadanos. La idea es que sea más fácil para ti cumplir con lo que te piden y ejercer lo que te corresponde, sin que las autoridades se estorben entre sí.
Texto oficial
Artículo 142. La Secretaría, con la participación de la Comisión, propondrá a las dependencias competentes de la Administración Pública Federal en la regulación y control de los sectores a que se refiere el artículo 100 de la Ley, mecanismos que tendrán por objeto coordinar a las autoridades, en sus respectivos ámbitos de competencia, a través de planes, directrices, órganos, instancias o procedimientos que promuevan la simplificación, mejora y no duplicidad en la emisión de regulaciones, trámites y servicios y que faciliten a los interesados el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.