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Artículo 144 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría del Medio Ambiente o la ASEA (Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente) te dirán cuánto tienes que pagar como compensación ambiental, según las reglas del artículo 152 de este reglamento. Te avisarán por escrito y tendrás un máximo de 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) después de recibir el aviso para hacer el depósito en el Fondo correspondiente. Cuando ya hayas pagado, debes comprobarlo entregando una copia simple de la ficha de depósito o del comprobante de transferencia, y en un plazo de 10 días hábiles te darán la autorización para cambiar el uso del suelo en terrenos forestales; si no te la entregan en ese tiempo, se considera que ya la aprobaron. Si no demuestras que hiciste el pago en los términos indicados, tu solicitud será rechazada.

Texto oficial

Artículo 144. La Secretaría o la ASEA determinarán el monto económico de Compensación ambiental correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 152 de este Reglamento y notificará al solicitante para que realice el Depósito respectivo ante el Fondo, en un plazo que no exceda de treinta días hábiles siguientes a que surta efectos dicha notificación. Una vez que el solicitante haya comprobado que realizó el Depósito a que se refiere el párrafo anterior, mediante copia simple de la ficha de depósito o del comprobante de transferencia electrónica, la Secretaría o la ASEA, expedirán la autorización de Cambio de uso del suelo en Terrenos forestales dentro de los diez días hábiles siguientes. Transcurrido este plazo sin que se expida la autorización, esta se entenderá concedida. La solicitud de autorización será negada en caso de que el interesado no acredite ante la Secretaría o la ASEA haber realizado el Depósito en los términos previstos en el presente artículo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.