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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Artículo
150

Artículo 150 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te dieron permiso para cambiar el uso del suelo (por ejemplo, para construir en un terreno que antes era bosque), y no haces ese cambio dentro del tiempo que te marcaron, además de que tampoco pides una prórroga (que es un plazo extra), entonces ese permiso se cancela automáticamente. No necesitan avisarte ni hacer un trámite especial, solo pierde su validez. La prórroga es la única manera de evitar que tu autorización caduque.

Texto oficial

Artículo 150. En caso de que no se efectúe el Cambio de uso de suelo en el plazo establecido en la autorización y que el interesado no solicite la ampliación a que se refiere el artículo 95 de la Ley caducará la autorización. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-11-2025 60 de 87

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (pág. 59) ↗

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