Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Programa Nacional de Desarrollo Social debe incluir un diagnóstico completo del país, analizando temas como pobreza, educación, salud, empleo y vivienda, entre otros. También debe definir objetivos claros y estrategias para resolver los problemas detectados en cada área. Además, tiene que calcular cuánto dinero se necesita y de dónde va a salir, especificando qué dependencias del gobierno serán responsables. Se deben establecer reglas para que los diferentes niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) trabajen juntos, y para que la ciudadanía pueda participar en la planeación y seguimiento de los programas. Por último, debe incluir mecanismos de transparencia, rendición de cuentas y evaluación para asegurar que todo funcione correctamente.
Texto oficial
Artículo 12.- El Programa Nacional incluirá, por lo menos, lo siguiente: I. Un diagnóstico nacional correspondiente al desarrollo social, con enfoque transversal e integral, haciendo especial referencia, entre otros, a los siguientes aspectos: a) Pobreza, marginación y vulnerabilidad; b) Educación; c) Salud; d) Alimentación; e) Vivienda; f) Generación de empleo e ingreso; g) Autoempleo y capacitación; h) Seguridad Social; i) Asistencia Social; j) Desarrollo regional; k) Infraestructura social básica; l) Fomento del sector social de la economía, y m) Los demás aspectos a que se refiere el artículo 19 de la Ley. La aplicación de este precepto será sin perjuicio de las atribuciones que competan a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. II. Los objetivos, políticas, estrategias, prioridades, acciones y metas nacionales correspondientes al desarrollo social, para atender la problemática de cada uno de los incisos a que se refiere la fracción anterior; III. La estimación de los recursos, fuentes de financiamiento, así como la determinación de los instrumentos y de las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal responsables de su ejecución; IV. Los mecanismos de coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno, así como de concertación con los sectores social y privado; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-08-2008 4 de 19 V. Los mecanismos de participación ciudadana en la planeación, definición, ejecución, monitoreo y evaluación de políticas públicas y programas de desarrollo social; VI. Los mecanismos de transparencia, de rendición de cuentas y de contraloría social que serán impulsados en los programas de desarrollo social, y VII. Los mecanismos de evaluación que determine el Consejo Nacional de Evaluación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.