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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Artículo
14

Artículo 14 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno) es la que se encarga de echar a andar el Programa Nacional, pero no lo hace sola. Tiene que ponerse de acuerdo con otros sectores: el gobierno, las organizaciones sociales y las empresas privadas. Todo esto lo hace siguiendo lo que dicen las leyes y reglamentos. En pocas palabras, la Secretaría coordina los esfuerzos de todos para que el programa funcione bien.

Texto oficial

Artículo 14.- La Secretaría, en el ámbito de su competencia, será la encargada de promover, coordinar y concertar, según sea el caso, acciones con los sectores público, social y privado, para el cumplimiento y la ejecución del Programa Nacional, conforme a lo previsto en la Ley, la Ley de Planeación y el presente Reglamento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (pág. 4) ↗

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