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Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si mientes sobre tu situación económica (como tus ingresos o bienes) para recibir apoyos del gobierno que no te corresponden, el gobierno te suspenderá los beneficios inmediatamente. Si ya te dieron el apoyo, te pedirán que devuelvas el dinero o los bienes. Además, podrían aplicarte otras sanciones legales. Si no estás de acuerdo con la decisión, tienes derecho a impugnarla según lo que marca la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Texto oficial

Artículo 20.- Cuando los beneficiarios proporcionen información socioeconómica falsa con el objeto de recibir indebidamente los apoyos y servicios contenidos en los programas de desarrollo social, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal procederán a suspender, en lo sucesivo, la ministración de los mismos. En caso de que ya se hubieren otorgado, solicitarán su reintegro, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones que procedan, con base en el procedimiento que determinen las disposiciones legales correspondientes. El afectado podrá recurrir la resolución en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.