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Artículo 27 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno federal mezcla su dinero con el de los estados, municipios o empresas privadas para algún proyecto, aplican las leyes federales. Y en los contratos que se hagan, tienen que avisar que se van a usar esas reglas. Las personas o instituciones que manejen dinero federal en programas de ayuda social deben juntar todos los recibos y papeles que demuestren en qué se gastó. Esa documentación sirve para que las autoridades puedan revisar, controlar y evaluar cómo se usó el dinero, tal como lo marcan las leyes.

Texto oficial

Artículo 27.- En el ejercicio de los recursos públicos federales que se complementen o combinen con recursos de las Entidades Federativas, de los municipios o delegaciones políticas, o bien, con los de los sectores social y privado, se aplicarán las disposiciones jurídicas federales. En los convenios que se celebren deberá señalarse esta circunstancia. Los ejecutores de recursos federales relacionados con programas de desarrollo social, serán responsables de integrar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto para efectos de registro, control y evaluación, en términos de las disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.