Artículo 27 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno federal mezcla su dinero con el de los estados, municipios o empresas privadas para algún proyecto, aplican las leyes federales. Y en los contratos que se hagan, tienen que avisar que se van a usar esas reglas. Las personas o instituciones que manejen dinero federal en programas de ayuda social deben juntar todos los recibos y papeles que demuestren en qué se gastó. Esa documentación sirve para que las autoridades puedan revisar, controlar y evaluar cómo se usó el dinero, tal como lo marcan las leyes.
Texto oficial
Artículo 27.- En el ejercicio de los recursos públicos federales que se complementen o combinen con recursos de las Entidades Federativas, de los municipios o delegaciones políticas, o bien, con los de los sectores social y privado, se aplicarán las disposiciones jurídicas federales. En los convenios que se celebren deberá señalarse esta circunstancia. Los ejecutores de recursos federales relacionados con programas de desarrollo social, serán responsables de integrar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto para efectos de registro, control y evaluación, en términos de las disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.