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Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 4 dice que las reglas de este Reglamento se aplican solo si no contradicen otras leyes que ya existen sobre los mismos temas. Es decir, si hay otra ley más importante que ya dice algo distinto sobre un programa, esa ley tiene prioridad. Piensa que este Reglamento es como un complemento, no reemplaza ni anula lo que ya está estipulado en otras normas. En corto, las reglas de aquí se usan siempre y cuando no choquen con las leyes principales que ya están vigentes.

Texto oficial

Artículo 4.- Los aspectos a que se refiere el presente Reglamento, se aplicarán sin perjuicio de lo que dispongan los ordenamientos que regulen las materias sustantivas de los programas objeto del mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.