Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las reglas y metas de la política social del país deben aplicarse en cuatro cosas importantes: primero, en los planes y programas del gobierno, como el Plan Nacional de Desarrollo y los programas especiales de cada sector; segundo, en todos los programas de ayuda social; tercero, en los acuerdos o contratos que el gobierno firme con otras instituciones o empresas para cumplir con esta ley; y cuarto, en las reglas oficiales que explican cómo acceder a los beneficios de esos programas. En pocas palabras, todo lo relacionado con la política social debe seguir esos principios y objetivos para funcionar bien.
Texto oficial
Artículo 5.- Los principios y objetivos de la Política Nacional de Desarrollo Social a que se refieren los artículos 3 y 11 de la Ley, se observarán en: I. Los objetivos, estrategias, prioridades y acciones que se definan en el Programa Nacional y, en su caso, en los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales de desarrollo social que deriven del Plan Nacional de Desarrollo; II. Los programas de desarrollo social; III. Los convenios de coordinación y los convenios o contratos de concertación, que se suscriban en los términos de la Ley y de este Reglamento, y IV. Las reglas de operación y demás disposiciones jurídicas aplicables para el acceso a los beneficios de los programas de desarrollo social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.