Artículo 40 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien de la comunidad donde se planea hacer un proyecto (como una fábrica o una carretera) pide información, la Secretaría puede organizar una consulta pública donde la gente opine sobre ese proyecto. Para pedirla, hay que mandar un escrito en un plazo de 10 días después de que se publiquen las listas de proyectos. En ese escrito tienes que incluir: de qué obra se trata, por qué la pides, tu nombre completo o el de tu empresa, tu domicilio, y cualquier otro dato que quieras añadir. Es como cuando pides que tomen en cuenta tu opinión antes de que aprueben algo.
Texto oficial
Artículo 40.- La Secretaría, a solicitud de cualquier persona de la comunidad de que se trate, podrá llevar a cabo una consulta pública, respecto de proyectos sometidos a su consideración a través de manifestaciones de impacto ambiental. La solicitud a que se refiere al párrafo anterior deberá presentarse por escrito dentro del plazo de diez días contados a partir de la publicación de los listados de las manifestaciones de impacto ambiental. En ella se hará mención de: a) La obra o actividad de que se trate; b) Las razones que motivan la petición; c) El nombre o razón social y domicilio del solicitante, y d) La demás información que el particular desee agregar.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.