Artículo 26 del REGLAMENTO de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el Instituto planea cómo va a gastar el dinero de la INFE (que son recursos para infraestructura física educativa), debe tomar en cuenta que los proyectos sean técnicamente adecuados, que se use el dinero de forma eficiente, y que se sigan las políticas públicas del momento. También tiene que considerar cuánto dinero hay disponible en cada estado, municipio o zona del país, según lo que se haya acordado en los convenios firmados. Además, debe incluir los cambios que surjan por nuevas tecnologías o métodos de enseñanza que la Secretaría de Educación haya aprobado.
Texto oficial
Artículo 26.- En los procesos de planeación del Instituto en materia de aplicación de recursos destinados a la INFE, deberán considerarse criterios de pertinencia técnica, optimización de recursos, políticas públicas y disponibilidad de recursos en cada entidad federativa, municipio u órgano político- administrativo, según corresponda, en términos de los convenios que para tal efecto se suscriban. Asimismo, se considerarán los cambios resultantes de las mejoras tecnológicas y nuevos métodos educativos aprobados por la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.