Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Educación Pública va a impulsar que los estudiantes que tengan que cumplir con su servicio social lo hagan ayudando a personas con discapacidad. Para lograrlo, esa dependencia tiene que crear un programa especial para que los alumnos de escuelas profesionales (como universidades o carreras técnicas) puedan participar si así lo deciden.
Texto oficial
Artículo 41. La Secretaría de Educación Pública promoverá que aquellos estudiantes que se encuentren en niveles educativos en los que necesiten acreditar su servicio social, puedan cumplirlo apoyando a personas con discapacidad. Para efectos del párrafo anterior, la Secretaría de Educación Pública deberá desarrollar un programa de servicio social dirigido a la atención de personas con discapacidad, para que participen en éste estudiantes de escuelas de enseñanza profesional que opten por adherirse al mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.