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Artículo 93 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando dos o más compañeros sacan el mismo puntaje en el concurso para un ascenso, el que tenga más años trabajando en la institución será el promovido. Esto solo aplica si tienen la misma habilidad profesional, medida por sus calificaciones en el examen de selección. La forma de contar la antigüedad se hace siguiendo las reglas del artículo 112 de este reglamento. En pocas palabras: a igualdad de resultados, gana el que lleve más tiempo en el puesto.

Texto oficial

Artículo 93. En igualdad de competencia profesional determinada por las puntuaciones obtenidas en el concurso de selección, será promovido el Integrante de Carrera de más antigüedad, conforme a lo previsto en el artículo 112 de este Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.