Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que los servicios de planificación familiar (como métodos anticonceptivos y consejos sobre tener hijos) deben trabajar junto con otros servicios, como los de salud, salud reproductiva, educación, seguridad social e información pública. Todo esto busca que tanto las personas como las familias estén mejor, tomando en cuenta las necesidades de cada género (mujeres y hombres). Además, todo debe hacerse siguiendo las leyes y reglas que ya existen.

Texto oficial

Artículo 15.- Los servicios de planificación familiar deberán estar integrados y coordinados con los de salud, salud reproductiva, educación, seguridad social e información pública y otros destinados a lograr el bienestar de los individuos y de la familia, con un enfoque de género, y de conformidad con lo establecido en la Ley, el presente Reglamento y las demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.