Artículo 93 del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno federal van a compartir información clara y al día sobre peligros (como terremotos o inundaciones), puntos débiles o vulnerabilidades, y riesgos que vienen de la naturaleza o de actividades humanas (como accidentes industriales). Usarán los medios que tengan a su mano, como redes sociales, radio o carteles, para que la gente se entere. Además, los programas y campañas sobre Protección Civil deben explicar de manera sencilla cómo prevenir desastres y cómo cuidarte a ti mismo, sin usar palabras complicadas. Esto es como los avisos de qué hacer antes, durante y después de un sismo o un huracán, pero contados en corto y fácil de entender.
Texto oficial
Artículo 93. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal promoverán el acceso a la información actualizada sobre los Peligros, Vulnerabilidades y Riesgos de origen natural y antropogénicos, a través de los medios de difusión que estén a su alcance. Los programas y las campañas de difusión de la Cultura de Protección Civil, dirigidos a la población, deberán dar a conocer de forma clara, los mecanismos de Prevención y Autoprotección.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.