Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los centros de investigación, escuelas y lugares donde se desarrolla tecnología pueden hacer acuerdos con las autoridades de Protección Civil. Estos acuerdos sirven para crear programas educativos, desde nivel básico hasta universitario, que hablen a fondo sobre cómo protegernos ante desastres y cómo manejar los riesgos. En otras palabras, las escuelas y centros de estudio pueden trabajar de la mano con el gobierno para enseñar a la gente cómo prevenir y reaccionar ante emergencias.
Texto oficial
Artículo 95. Los centros de investigación, educación y desarrollo tecnológico, como parte del Sistema Nacional, podrán suscribir convenios de concertación con autoridades de Protección Civil a efecto de concretar el establecimiento de programas educativos a diferentes niveles académicos, que aborden en su amplitud el tema de la Protección Civil y la Gestión Integral de Riesgos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.