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Artículo 1 del REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este reglamento sirve para ponerle reglas claras a la Ley General de Residuos, la cual se encarga de cómo manejar la basura y los desechos de forma segura. Aplica en todo México, incluyendo las zonas donde el país tiene control, como el mar. Quien se encarga de hacerlo cumplir es el gobierno federal, específicamente la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). Para vigilar que se cumpla, la Semarnat puede pedir ayuda a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial, pero solo cuando se trate de residuos de la industria petrolera; para los demás casos, usa sus propias oficinas que están definidas en su reglamento interno.

Texto oficial

Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y rige en todo el territorio nacional y las zonas donde la Nación ejerce su jurisdicción y su aplicación corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. La Secretaría ejercerá las atribuciones contenidas en el presente ordenamiento, incluidas las disposiciones relativas a la inspección, vigilancia y sanción, por conducto de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, cuando se trate de las obras, instalaciones o actividades de dicho sector y, cuando se trate de actividades distintas a dicho sector, la Secretaría ejercerá la atribuciones correspondientes a través de las unidades administrativas que defina su reglamento interior. Párrafo adicionado DOF 31-10-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.